¿Por qué aún Isabel la Católica no es santa? La inquisición 6-7

Como el lector podrá advertir el clima de tensión que se había creado alrededor de la comunidad judía cada vez iba tomando mayores dimensiones y  clamaban una pronta solución.

Desde el momento en que Isabel llegó al trono castellano adoptó para con los judíos una actitud benévola y maternal. Lejos de ser esta actitud poco sincera o interesada, estaba fundamentada en la caridad hacia el prójimo que la Iglesia Católica ha enseñado siempre, siguiendo las palabras del apóstol: “En Cristo no hay judío ni griego, ni esclavo ni libre, ni hombre ni mujer, ya que todos sois uno en Cristo Jesús[1].

Y esta caridad hacia los judíos la podemos obervar tanto en las palabras como en las obras de Isabel la Católica.

Veamos lo que ella misma declaró durante una de sus estadías en Segovia. Respecto a los judíos afirmaba nuestra Reina: “Tomo y rescibo en mi guarda a los dichos judíos de las dichas aljamas y a cada uno dellos, e a sus personas y sus bienes, e los aseguro de  qualesquier persona”[2].

Y en otra ocasión:

Todos los judíos de mis reinos son míos e estan so mi protección e anparo, e a mí me pertenece de los defender e amparar e mantener en justicia, tovelo por bien, e mandeles dar esta mi carta para vos en la dicha rason. Por la qual vos mando a todos e cada uno de vos de aqui en adelante non consintades nin dedes lograr que cavalleros ni escuderos ni otras personas nin personas algunas desa cibdad nin fuera della constrigan e apremien a los dichos judíos (…), ni que sobre ello les fieran nin maltraten nin fagan otro daño alguno contra derecho[3].

Fechada el 12 de agosto de 1490, se recoge la respuesta de Reina a los judíos de Medina de Pomar, que pedían justicia: “De derecho canónico y según las leyes de estos reinos, los judíos son tolerados y sufridos, y nos les mandamos tolerar y sufrir, y que vivan en nuestros reinos, como nuestros súbditos y vasallos”[4].

Pero no fueron solo palabras las bondades que la reina concedía a los judíos. Veamos algunos ejemplos de sus obras.

Pese a que muchos oficios estaban prohibidos para los judíos[5], la Reina Isabel se rodeó en su corte de muchos conversos e incluso de judíos que aún respondían a la ley mosaica.

Sin ir más lejos su esposo, Fernando, encontraba en sus ascendientes maternos elementos judíos. Pero además, el principal tesorero de la Hermandad General y de los caudales para la guerra de Granada, era Abraham Seneor, Gran Rabino de Castilla; el suministro de las tropas durante la misma guerra estuvo a cargo de Samuel Abolafia; Vidal Astori era platero de Fernando; Yusé Abrabanel fue recaudador mayor del Servicio de Ganados; Lope de Conchillos, Miguel Pérez de Almazán y Hernando del Pulgar eran los tres secretarios privados de la Reina (este último era, además consejero y cronista oficial); Lorenzo Badoc, fue médico de Isabel; Jacob Aben Nunnes, lo era de Fernando; y Abraham de los Escudos era el ingeniero real[6]. Todos ellos judíos practicantes o conversos.

Recordemos también que por las leyes dictadas en las Partidas, los judíos debían llevar un signo externo que los identificase del resto de la población. Respecto a esto nos comenta José María Zavala: “En honor a la verdad, los castigos por incumplimiento no fueron severos, y las disposiciones apenas se cumplían. Tan sólo en tres ocasiones, dos en 1478 y una en 1491, los reyes indicaron a las autoridades locales vigilancia, pero siempre se procedió a instancia de parte”[7].

Todas estas medidas, que dan por tierra las acusaciones que muchos hacen a Isabel de xenofóbica e intolerante, nos llevan a reconocer con el postulador de la Reina: “si de algo se podría acusar a los Reyes Católicos es de no haber tenido mucha cuenta de estas disposiciones (las leyes para los judíos)[8].

*          *          *

Así y todo, pese a la paciencia y bondades de la Reina, la situación de los judíos y sobre todo de los conversos llegó a un punto que urgía una solución.

Por un lado, la desobediencia al cuasi-contrato que les prohibía realizar proselitismo religioso cada vez se tornó más seria. El número de judaizantes aumentaba a montones y las profanaciones de la Santa Eucaristía se hacían más frecuentes.

Isabel, con su admirable prudencia, intuyó que el problema de los judíos y conversos, no solo resultaba ser político y social, sino, sobre todo, era un problema religioso. Lo que estaba en juego era la pureza de la fe que ella tanto amaba y que de a poco se veía contaminada por la herejía judaizante.

*          *          *

Para una mejor comprensión del lector, analizaremos por un lado las medidas que tomó Isabel con los falsos conversos y por otro las que tomó con los judíos. Si bien ambos temas están relacionados profundamente, los problemas que causaban a Castilla eran distintos y por ello se tomaron diferentes medidas para cada uno ellos.

Comencemos por el problema de los judaizantes, por haber sido este resuelto antes que el de los judíos.

El Tribunal de la Inquisición

No realizaremos aquí una exégesis acabada sobre el tema de la Inquisición, simplemente trazaremos un breve recorrido por su historia, remarcando los motivos que llevaron a los Reyes a actuar como lo hicieron.

Como habíamos dicho con anterioridad el número de falsos conversos crecía día a día. Así nos lo cuentan las crónicas de la época: “pues veníanse a las iglesias ellos mismos a baptizar y tornados christianos en toda Castilla muy muchos de ellos; y después de baptizados se iban algunos a Portugal e a otro reynos a ser judíos; y pasado algún tiempo se volvían a ser judíos donde no los conocían… ”[9].

Este aumento de judaizantes despertó una gran polémica, acerca de si eran o no eran herejes, pues había quienes decían que no podían ser herejes pues nunca habían sido en su corazón verdaderos cristianos.

El problema llegaría a manos del Pontífice de Roma, que para entonces era Nicolás V, quien no pudo dar una respuesta satisfactoria al complejo problema que se le presentaba,[10]pues no era fácil hallar pruebas de herejía, cuando los mismos conversos negaban sus prácticas mosaicas.

Pero el tema urgía una respuesta y los intelectuales y los prelados no acababan por ponerse de acuerdo. Pero esta incertidumbre contribuyó a acelerar las cosas, tal como afirma el P. Anastasio Gutiérrez:

…el problema de los conversos quedaba en pie y sin solución práctica alguna; el solo hecho de que la curia romana acabase declarándose “anticonversos” pero demostrando su impotencia para atajar el gran malestar que estaba originando en la comunidad cristiana de Castilla la presencia de los “falsos conversos”, venía en cierto modo a exigir prontos y más eficaces remedios, preparando así el terreno a la introducción de la Inquisición en Castilla[11].

Tanto el rey Juan II como Enrique IV (ambos de Castilla), advirtieron este problema. El primero de ellos instaló temporalmente un tribunal inquisidor episcopal en algunos de sus reinos, y el segundo, comenzó las tratativas para establecer en Castilla una Inquisición formal, en la cual pudiera él mismo designar a los inquisidores. Este es el antecedente más directo de la Nueva Inquisición que se instauraría en 1480.

Pero si bien la puesta en marcha del aparato inquisitorial data de esa fecha, no así sucede con la bula pontificia de Sixto IV, Exigis sincere devotionis affectus, que fue emitida el primero de noviembre de 1478.

¿Qué sucedió durante esos dos años, en que existía la bula y el permiso pontificio para instalar la Inquisición y esta no era puesta en marcha?

Durante esos años los Reyes decidieron llevar a cabo una intensa campaña de predicación, dirigida especialmente para los judíos y judaizantes de Castilla.

La campaña se concentró en la ciudad de Sevilla que tradicionalmente había sido semilleros de herejes, y donde los problemas con los judíos eran más graves y frecuentes. La campaña estuvo a cargo de quien fuera por tantos años confesor de la Reina: Fray Hernando de Talavera, descendiente él mismo de conversos. Actuó con él el Cardenal Mendoza, mano derecha de la Reina en gran parte de su reinado. Este último prelado escribió un catecismo especialmente para moros y judíos que quisieran abrazar la fe de Cristo.

Pero estas medidas poco éxito obtenían. Así lo explica Anastasio Gutiérrez:

Insensibles a todas las invitaciones que les dirigían, los judaizantes no reaccionaron positivamente; antes por el contrario, se mantuvieron firmes en su actitud provocadora. Incluso un judío anónimo un falso converso, se atrevió a escribir un libelo denigratorio de la religión cristiana, de sus ministros y de su culto, que circuló por toda Sevilla clandestinamente en un intento de contrarrestar la campaña misionera[12].

Y mientras los Reyes se preocupaban por agotar todos los medios antes de la instauración definitiva de la Inquisición, el clero y los prelados Castellanos llamaron la atención fuertemente a los Reyes sobre el peligro en que se encontraba la fe cristiana, hostigada por las herejías judaizantes. Así ha quedado sentado en los documentos:

En el año del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de mil cuatrocientos ochenta, muchos sacerdotes y otros varios celosos y amigos de la religión cristiana y fe católica, y especialmente un religioso prior de Santa Cruz, y don Diego de Merlo, asistente de la ciudad de Sevilla, y Padre Martínez Camaño, secretario del rey Don Fernando, avisaron a los Reyes Católicos cómo había casi por toda España muchos hombres de los judíos que se habían tornado cristianos y después arrepentidos, diciendo mal del nombre cristiano y de su santa doctrina, viviendo en sus ritos judaicos, en sus casas, escondidamente de los cristianos, se volvían a su ley antigua y ceremonias judaicas, menospreciando las cristianas y la fe católica[13].

Y así es que, ante la obstinación de los judaizantes y las constantes llamadas de atención por parte de la Iglesia a los Reyes en salvaguarda de la fe, el Tribunal de la Inquisición se instauró en Castilla en septiembre de 1480.

*          *          *

Hemos explicado hasta aquí, brevemente, cómo y por qué motivos los Reyes Católicos instauraron la Inquisición en sus reinos.

Nos parece oportuno aclarar ahora algunas de las aristas de esta cuestión que han contribuido a crear la leyenda negra en torno a Isabel y la Inquisición.

¿Isabel la Católica inventó la Inquisición?

No, la Inquisición no es un invento de Isabel la Católica y tampoco en un invento cristiano, ni católico.

De hecho si nos remontamos a los orígenes de la Inquisición como represión de las desviaciones religiosas hallamos sus raíces en la religión judaica.

En efecto, a los judíos se les manda, tanto en la Biblia como en el Talmud matar al judío que reniegue de su fe. San Esteban, el primer mártir de la Iglesia Católica, muere apedreado por los judíos por haber abandonado la ley de Moisés.

Al respecto comenta Dumont:

Así por ejemplo, el Deuteronomio (13, 13-17), pieza maestra de la Torah judaica, ordena que si en alguna ciudad los judíos pervertidos sirvieran a dioses desconocidos, los judíos llevarán a cabo una inquisición meticulosa, y si ésta confirma los hechos, “deberán pasar a filo de espada a los habitantes de esa ciudad (…) y prender fuego la ciudad con todos sus despojos, ofreciéndola toda a Yahvé su Dios”. Y no se trata de un texto aislado: la misma ley de Moisés ordena en otra parte (Deuteronomio 17, 2-5) que se someta a los herejes a una “indagación minuciosa” y luego “los sacarás de las puertas de tu ciudad (…) y los apedrearás hasta que mueran”[14].

¿Quién pidió que se instaurara el Tribunal Inquisitorial en España?

Lo hicieron los mismos conversos que, de buena fe, se habían convertido al cristianismo y que se daban cuenta de manera especial del peligro que significaba para la fe la herejía reinante de la judaización.

El postulador nos dice:

Estos (los conversos verdaderos) fueron quienes más aguzaron sus armas y asumieron papeles de auténticos inquisidores contra los falsos conversos. Tanto es ello verdad, que la primera iniciativa del empleo de este medio inquisitorial contra ellos, procedió, según últimos resultados de los actuales estudios, no tanto de los cristianos viejos, cuanto de los aludidos conversos exaltados, dispuestos a erradicarlos por la fuerza[15].

Volvamos a citar al historiador francés:

No hay, entonces ninguna tradición castellana de hogueras por cuestiones de religión. Y en el momento en que Isabel comienza su reinado, sólo algunos conversos, cuyos textos hemos citado, aspiran a encenderlas[16].

¿Qué clase de torturas solían usarse en los procedimientos inquisitoriales de Castilla?

Antes que nada hay que aclarar que la tortura no era sino un procedimiento extremadamente excepcional, que para ser utilizada se requería de un permiso especial que debía ser firmado por los inquisidores y el obispo del lugar. “Y en las estadísticas sacadas de los procesos inquisitoriales de Toledo y Valencia en esa época muestran que no hubo tortura más que en 1 o 2% de los casos, y que sólo se aplicaba con los conversos más peligrosos[17].

Las penas más comunes solían ser peregrinaciones, procesiones, oraciones o visitas continuadas a la Iglesia. También el uso del sambenito era frecuente. Pero como vemos todas estas penas están muy lejos de ser verdaderas torturas.

Podríamos decir que quizá la “tortura” más frecuente que la Inquisición utilizaba era la prisión.

¿Cómo eran las cárceles de la Inquisición?

La pena más frecuente que era la de prisión perpetua, era una pena de prisión por tres a ocho años en una prisión abierta, en la que se confiaba en la buena voluntad del enmendado que podría salir de la prisión, siempre y cuando volviera a ella antes de la caída del sol.

Pero había otras penas en las que el acusado debía permanecer encerrado. Entonces este podía traer su servidumbre (si lo tenía); podía escribir, pues se disponía para él tinta y pluma; e incluso podía trabajar, llevando a prisión los elementos que requería. Así el preso podía incluso continuar manteniendo a su familia desde la cárcel.

¿No fue la Inquisición motivo de roces con el Papa?

Sí, efectivamente,  muerto Sixto IV, llega al Trono Pontificio Inocencio VIII, quien prestará demasiados oídos a los rumores que los judíos y conversos hacía circular por Roma con el fin de que el tribunal fuese suspendido.

Pero estas contiendas no afectaron sustancialmente la relación de los Reyes con el Papa y las cartas a él dirigidas son una muestra exquisita de humildad y obediencia hacia la sede de Pedro. Así por ejemplo leemos:

Muy sancto padre: Vuestra humil [sic] y devota fija reina de Castilla, de León, de Aragón, de Sicilia, etc. beso vuestros pies y sanctas manos y muy omilmente me encominedo en vuestra Santidat”(…) Por ende a vuestra santidat muy omilmente supplico que por lo tanto que en ello va al seruicio de nuestro señor y ahun por euitar los inconuenientes que más el dicho obispo sobresto no sea oydo…”[18]

Y la respuesta del Papa a la reina no está escrita en términos menos afectivos:

      Vuestra carta está llena de vuestra piedad y singular devoción hacia Dios. Nos alegramos sinceramente, hija bien amada de nuestro corazón, de que Vuestra Alteza emplee tanto trabajo y diligencia en estos asuntos que tanto nos preocupan (…). Es grato para Nos que os conforméis con nuestro deseo, para castigar las ofensas contra la Divina Majestad con tal cuidado y devoción. Realmente, muy querida hija, vemos que vuestra persona está adornada de muchas virtudes reales, gracias a la magnificencia divina, y alabamos vuestra devoción a Dios y vuestro constante amor por la fe ortodoxa[19].

Por otra parte el Papa, nunca se opuso a la Inquisición como tal, sino que la disputa giraba en torno a la elección de los Inquisidores. Los Reyes comprendían la necesidad de que fueran escogidos por ellos y de que dependieran de la Corona, pues eran ellos quienes conocían a fondo el problema socio-político que les tocaba vivir. El Obispo de Roma, insistió varias veces para que los inquisidores fueran designados y respondieran a él.

*          *          *

Hemos expuesto hasta aquí a grandes rasgos los motivos y algunos aspectos de la Inquisición que instaurara la Reina Isabel en sus Reinos.

Nos parece oportuno, finalizar con el juicio que sobre la Inquisición ha emitido la Comisión de Investigación Histórica para la causa de Isabel:

La fundación de la Inquisición en Castilla está vinculada al hecho de las desviaciones doctrinales y errores provocados por la presencia judía y su estrecho contacto con la población de “cristianos nuevos, vulgarmente llamados “conversos”; lo cual había creado un grave peligro a la sociedad cristiana. Los Papas, Sixto IV muy particularmente, habían captado perfectamente esta realidad española. Este Papa apoya a los Reyes Católicos y presiona constantemente por una solución rápida del problema. En este contexto papal podrían ser muy secundarios los altos consejos del más selecto equipo asesor que la Reina tenía: el santo fray Hernando de Talavera, su confesor, el sagaz cardenal don Pedro Gonzáles de Mendoza, y después, el cardenal Cisneros. Aún cuando la Reina hubiera querido evitar el Tribunal de la Inquisición y lo intentó de verdad, no lo hubiera conseguido: ni como reina ante sus súbditos, ni menos aún como cristiana ante sus confesores y ante los mismos Papas”[20].

Como vemos, no se ha encontrado durante la investigación falta alguna por parte de Isabel; antes por el contrario, se ha comprobado que el actuar de la Reina Católica fue el de una buena cristiana, atendiendo siempre a la caridad y oyendo los consejos de la Iglesia.

De este modo, la Comisión Histórica que estudió el tema de la Inquisición, revisando todos los documentos necesarios, no ha hallado motivo aquí para frenar la canonización de Isabel la Católica.

La expulsión de los judíos

Con la instauración de la Inquisición en Castilla se halla la solución al problema de los “falsos conversos”. Pero aún quedaba pendiente encontrar una solución al problema de los judíos. Esta era una tarea mucho más complicada, pues los conversos, al estar bautizados formaban parte del Cuerpo Místico de Cristo y por ello Roma podía intervenir en el conflicto.

Pero los judíos escapaban a la jurisdicción del Papa y no podían ser declarados herejes, pues ellos nunca habían sido cristianos. Es por esto que la Inquisición no podía hacer nada con ellos.

Sin embargo en el aspecto religioso, cargaban muchas de las mismas culpas que los judaizantes, como por ejemplo las blasfemias, la instigación para que los conversos abandonaran la fe en Cristo y volvieran a las prácticas judaicas, las intrigas y conspiraciones contra los reyes, el robo frecuente de hostias consagradas y finalmente el sacrificio realizado con el Santo Niño de la Guardia.

El Padre Gutiérrez, explica cómo los judíos amenazaban al trabajo de la Inquisición, pues buscaban por todos los medios atraer a los conversos a su antigua religión o al menos a ciertas prácticas judaizantes: “Más delicada era aún la posición del converso en su comunidad judía; era acosado constantemente por los de su raza para hacerle judaizar”[21] .

Por otro lado, el problema político de los judíos se hacía cada vez más insoportable. A diferencia de los conversos, estos se negaban a integrarse al Estado español que comenzaba a surgir bajo el ala de Isabel. La unidad española comenzaba a forjarse para luego dar a luz al Gran Imperio Español. Sabemos que dicha unidad se basaba en el elemento religioso, (¡tan bien sabía la Reina Católica sobre qué bases construir su Estado!) pero el pueblo judío no solo no aceptaba la religión del Estado que comenzaba a nacer, sino que tampoco respetaba sus leyes ni sus autoridades municipales, no se adaptaba a su estilo de vida, no compartía sus fiestas ni costumbres y no se integraba a su sociedad.

Nos dice al respecto el P. Azcona:

Por no gastar palabras diremos al respecto que estaba en juego el problema de la asimilación de la minoría étnica judía, agudizado en los tiempos nuevos por la concepción renacentista del poder y por razones pragmáticas de coexistencia. En último término, ante las dificultades de tal asimilación, se impuso la razón de estado, que dictó la expulsión de cuantos judíos no estaban dispuestos a integrarse en la comunidad castellano-aragonesa, aceptando sobre todo la fe cristiana mediante la recepción del sacramento del bautismo[22].

Recordemos que en enero de 1492, los Reyes Católicos acababan de finalizar la Reconquista de España que desde hacía ocho siglos se venía realizando. A partir de esa fecha, ya todo el territorio peninsular estaba en manos cristianas. Se había logrado la “unidad territorial” y se buscaba ahora la unidad política y religiosa. El problema de los moros sería solucionado con el tiempo, pero el de los judíos urgía una rápida solución.

No olvidemos, además que, fue ese mismo pueblo el que instigó a los moros para que invadieran el territorio español. Ahora que la medialuna había sido expulsada de la Península Hispánica, ¿qué les garantizaba a los Reyes Católicos que el pueblo judío no volvería a hacer alianza con los hijos de Ismael y ayudarlos a penetrar nuevamente en las tierras granadeses?

Tanto la situación política, social y religiosa clamaban una salida al problema. Es por esto que los reyes, tras minuciosos análisis y largos desvelos, toman la decisión, apoyados en fray Tomás de Torquemada, de expulsar de sus reinos a todos los judíos que no quisieran abrazar la fe cristiana. Este decreto fue promulgado el último día del mes de marzo de 1492.

No fue propiamente una expulsión

Por más que lo hayamos mencionado con anterioridad nos parece de una necesidad apremiante resaltar que, desde el punto de vista jurídico, el hecho de que los judíos abandonaran España, no fue propiamente una “expulsión”; sino un “retiro de permanencia en los reinos”. Esto se debe a que el pueblo de Israel vivía en la condición de “extranjero tolerado”.

La condición fundamental para poder residir en las tierras españolas era la de no practicar proselitismo religioso[23]. Así lo dictaban las partidas del Sabio: “Otrosí se deuen mucho guardar de predicar ningún christiano, que se torne judío, alabando su ley o denostando la nuestra. E qualquier que contra eso fiziere, debe morir por ende, e perder lo que ha[24].

El postulador explica respecto a la aplicación de esta ley por parte de los Reyes Católicos:

Estas leyes no fueron absolutamente aplicadas por los Reyes Católicos por las vías ordinarias del gobierno y fuera de los procesos de la Inquisición; no conocemos ningún documento que sancione su aplicación[25].

Pero ante el incumplimiento sistemático de las leyes del reino, los reyes terminaron optando por privar a los judíos de su permiso de residencia.

Citemos nuevamente al postulador:

En cuanto al decreto de expulsión no hay que olvidar que obedece a los crímenes que los judíos cometían contra la Ley del Reino y contra el estatuto que estaba a la base de su tolerancia en el mismo reino, especialmente contra la prohibición de proselitismo. (…) Por tanto no parece que pueda decirse que los Reyes suprimieron el judaísmo en cuanto tal y que consiguientemente tuvieron que marchar todos los judíos; fueron los judíos los que tuvieron que ser expulsados como subversivos del orden público y consiguientemente desapareció el judaísmo[26].

Motivo principal de la expulsión según el edicto: salvaguardar la fe de los Reinos

 Explicábamos al inicio del tema los múltiples motivos que llevaron a los reyes a tomar tan difícil decisión.

Sin embargo es importante remarcar el motivo con que ellos mismos argumentan la expulsión en el edicto, que es un claro reflejo de la convicción de que le fe y la religión son el lazo más fuerte para unir una sociedad.

Veamos qué dice el edicto: “Bien sabedles o debedles saver que porque nos fuimos informados que en estos nuestros reynos abia algunos malos christianos que judaiçaban e apostatabn de nuestra santa fee catolica, de los cual hera mucha causa la comunicación de los judíos con los christianos”[27].

Y luego se denuncia el proselitismo: “los quales (los judíos) se prueban que procuran siempre y por quantas vías e maneras pueden de subvertir e subtraer de nuestra santa fee catolica a los fieles christianos e los apartar della e los atraer e perbertir a su dañada creencia e opinión, instruyéndolos”[28].

Los reyes dejan bien en claro en estos y en muchos otros fragmentos que los judíos deben abandonar sus reinos a causa de su pertinaz proselitismo religioso, que conformaba una grave falta contra las leyes del reino y, atentaba contra la integridad de la fe cristiana.

Condiciones de la salida

Las condiciones en que los judíos abandonaron España fueron las más justas y caritativas que se pudieran esperar.

Se permitió a los judíos llevar todos sus bienes (excepto los caballos, fundamentales para la guerra) y su dinero en papel de cambio para poder sacarlo en el exterior.

Desde la promulgación del edicto se concedieron cuatro meses de tolerancia, para que los judíos pudieran vender sus propiedades y llevarse de España todo cuanto les pertenecía. Sobre este tiempo, Fray Tomás de Torquemada, concedió nueve días más, pues ese tiempo tardó el edicto en ser conocido por todos.

Es cierto que habría una injusticia obligada, pues muchos cristianos que debían dinero a los judíos aprovecharon las circunstancias para verse libres de sus deudas o para comprar las propiedades de los judíos a precios bajísimos, sacando ventaja de la necesidad que tenían los judíos de vender.

No obstante, estas circunstancias escapaban de las manos de los reyes. Sin embargo ellos hicieron todo lo que tenían al alcance de sus manos para evitar los abusos contra los hebreos. Así lo explica Dumont: “los reyes hicieron todo lo posible para atenuar estas consecuencias: enviaron a las juderías a jueces encargados de arbitrar los conflictos de intereses que tenían que ver con la expulsión, y castigaron duramente a los culpables de las injusticias con los judíos[29].

Reconocimientos

Para concluir este tema remarquemos que, lejos de provocar la expulsión de los judíos un escándalo, fue muy bien acogida en toda Europa y que recibió la aprobación de importantes instituciones de la época.

Este popular reconocimiento en términos generales no es puesto en tela de juicio, ni siquiera por los historiadores que no aprueban las razones del edicto.

Así por ejemplo William H. Prescott[30], uno de los más reconocidos biógrafos de los Reyes Católicos, que califica al edicto de expulsión de los judíos como “desastroso”[31], pero no puede menos que reconocer:

…hasta donde la expulsión de los judíos era conforme con la opinión de los contemporáneos de mayor capacidad e ilustración, se puede desde luego inferir de las alabanzas prodigadas a sus autoridades por muchos de ellos, porque sin contar a los españoles, que sin excepción la celebran como un sublime sacrificio de todos los intereses temporales al principio religioso, los extranjeros más instruidos, asimismo, aun cuando condenan los detalles de la ejecución o lamentan los padecimientos de los judíos, ensalzan la ley, como prueba del celo más vivo y laudable en favor de la verdadera  fe[32].

La Universidad de París envió sus felicitaciones a los Reyes Católicos por la expulsión de los judíos y la reconquista de Granada en 1493.

Otro tanto realizó el mismo Papa, para entonces Alejandro VI, quien no solo aprobaba sino que felicitaba a los Reyes por su celo hacia le fe.

Desde la Santa Sede llegó a los reyes el siguiente reconocimiento:

Es muy difícil juzgar sobre qué virtudes prevalecen en Vuestras Majestades, si las que se ejercitan  en la guerra o en la paz; pero es cierto en todo caso que vuestra religiosidad y ánimo católico se recomiendan en sumo grado por el empeño constante de custodiar la fe católica en vuestros reinos; y así, del mismo modo que no cesáis de combatir a los enemigos públicamente declarados, así también lo hacéis con los enemigos emboscados al interno, quienes bajo el nombre de cristianos reniegan de Jesucristo y con judaica  perfidia y execrable superstición habían infectado el pueblo del Señor. Y para que semejante peste no volviera a nutrirse en delante de raíz tan venenosa, por eso retirasteis el permiso de permanecer en vuestros reinos a los numerosos judíos que en ellos vivían, autorizándoles a llevarse todos los bienes con increíble perjuicio vuestro y quebrando de nuestros pueblos, todo en vista de unas ganancias celestiales[33].

El mismo Alejandro VI al proveer a los reyes de su título de “Católicos”, menciona la expulsión de los judíos como unos de los motivos por el cual eran merecedores del mismo. Así lo explica Jean Dumont: “… el papa y el Consistorio, en su concesión del título de “Católicos” a Isabel y Fernando, hicieron reseñar entre sus grandes méritos en el campo de la fe católica y de la religión cristiana en España, la “expulsión de los judíos”[34].

Vemos así que esta medida de la Reina estuvo en total conformidad con la Iglesia romana de Cristo.

                                               *          *          *

Para finalizar nuestras consideraciones acerca de la expulsión de los judíos de España, expondremos las sentencias que la Comisión Histórica del tribunal de Valladolid creado para la causa de la reina, ha dictado al respecto:

-          El judaísmo sería siempre la fuente que surtiría el criptojudaísmo. Mientras la fuente estuviese allí, el problema subsistiría.

-          La medida de la expulsión estaba imperada por exigencias del Estado, con mayores razones que las que hoy existen en los delitos contra la seguridad del Estado y que se substancian en los gobiernos modernos sin contemplaciones.

-          El hecho fue preeminentemente de carácter religioso y fue también una inaplazable medida política imperiosamente exigida por la sociedad española y por el pueblo en sus Instituciones más representativas.

-          En definitiva, la medida fue tan universalmente popular en toda Castilla y Aragón, que se tiene comúnmente, durante los siglos que siguen, como uno de los grandes servicios que se le computan a los Reyes Católicos[35].

Finalmente sentencian los investigadores:

De notar que los reyes jamás hicieron una política antisemita, antes al contrario, protegieron siempre a las aljamas y se valieron abundantemente de técnicos y economistas hebreos en la administración del Reino. Le expulsión no solo fue concebida en una línea correctísima de intenciones, sino que es jurídicamente incontestable. El Romano Pontífice, con quien extrañamente pero sabiamente, no contaron los Reyes, la aprobó “a posteriori”. Además fue ejecutada del modo más justo, humano y caritativo que se podía desear[36].

                                               *          *          *

Creemos que quedan dadas las razones suficientes como para desechar desde cualquier punto de vista las acusaciones que se hacen a nuestra Reina respecto a su conducta con los judíos y conversos. No creemos que haya en su procedimiento ningún elemento que pueda considerarse una causa de peso para archivar su proceso canónico de beatificación.

Prof. Magdalena Ale

continuará

[2] Documento de 1477, amparando a los judíos de Sevilla. En: Jean Dumont. Op. Cit., P. 96.

[3] Carta del 07 de julio de 1447, toma aquí bajo su amparo a los judíos de  Trujillo. En: Azcona, Tarsicio. Op. Cit., P. 629. y en: Zavala, José María. Isabel Íntima. Barcelona: Planeta, 2014. P. 105.

[4] Azcona, Tarsicio. Op. Cit., P. 630.

[6] Conf. Zavala, José María. Op. Cit., P.113, 114.

[7]Ibídem, P.114.

[8]Ibídem, P. 113.

[9] A. Bernaldez, Historia de los Reyes Católicos, cap. XLIII, en BAE, tomo LXX (Madrid, 1953), P. 599. En: Positio histórica super vita, P. 302.

[10] Promulgó primero la bula Humani generis, ordenando que no se condenase a los conversos sin antes escucharlos y juzgarlos por jueces competentes. Pero al año siguiente promulgó una nueva bula revocando la anterior.

[11]Positio historica super vita, P. 305.

[12]Ibídem, P. 312.

[13]Ibídem, P. 313.

[14] Jean Dumont. Op. Cit., P. 84.

[15]Positio historica super vita, P. 310.

[16] Jean Dumont. Op. Cit., P. 85.

[17]Ibídem, P. 105.

[18] Carta de Isabel la Católica al Papa Inocencio VIII. En: Positio historica super vita, P. 326.

[19]Ibídem.  P.358-359.

[20]Positio historica super vita, P. XXXVIII.

[21]Ibídem, P. 660.

[22] Azcona, Tarsicio. Op. Cit., P. 623.

[23] Tal como aún hoy en varios países musulmanes se exige a los cristianos.

[24] Alfonso X el Sabio, Las Siete Partidas, VII, 24, 7. En: Positio historica super vita, P. 664.

[25]Positio historica super vita, P. 664.

[26]Ibídem, P. 668. Las negritas nos pertenecen.

[27]Ibídem, P. 670.

[28]Ibídem, P. 671.

[29] Jean Dumont, Op. Cit., P. 126.

[30] Prescott, William H. Op. Cit.

[32]Ibídem, P. 625-626.

[33] Zavala, José María. Op. Cit., P. 102. Las negritas son nuestras.

[34] Jean Dumont, Op. Cit., P. 131.

[35]Positio historica super vita, P. 682.

[36]Ibídem, P. XXXVIII.

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