Luterándonos: sexo y poligamia

“Están uds. casados: ahora pueden dedicarse

a la divertida tarea de la procreación”

(Ignacio Anzoátegui, Monólogos con Lady Grace)

 

La doctrina[1] de la Iglesia respecto del matrimonio, desde San Agustín en adelante, ha sido siempre constante: el matrimonio es un sacramento que corona una vocación especial por el cual se otorga el derecho a poner los medios para la transmisión de la vida, de allí que “el acto conyugal verificado para la procreación de los hijos o en pago del débito conyugal no contiene culpa o pecado”[2]. Al contrario: el acto conyugal, con sus debidas disposiciones y en la debida es hasta meritorio, según Santo Tomás y toda la doctrina de la Iglesia[3].

Es decir, para la Iglesia, el sexo es algo bueno, no malo pero, como todas las cosas, debe “ubicado”, es decir, regulado.

-          “El agua es buena para el cuerpo, pero demasiada puede matarnos - dijo el suicida al arrojarse desde un puente…

Para Lutero, al contrario, el sexo era un pecado necesario y se encontraba “entre los más grandes y execrables pecados mortales”[4] que sólo podían satisfacerse en el matrimonio (aunque no sólo en él):

“Dios no imputa a los casados (la solución de) el débito conyugal a pesar de que según el ps. 50,7, es un pecado, y un acto de extrema violencia que en nada se distingue del adulterio y de la fornicación[5].

Un año más tarde, en la misma línea aunque con matices, dirá:

“No obstante mis encomios de la vida conyugal, yo no quiero conceder a la naturaleza que no haya allí pecado alguno; pero digo: que entran como factores la carne y la sangre, viciados por Adán, concebidos y nacidos en pecados (Ps. 50, 7) y que no se paga sin pecado ningún débito conyugal[6].

Y más:

“Si tú te fijas en la conjunción carnal y sólo pones los ojos en la unión exterior, verás que no hay diferencia entre la vida conyugal y la de la fornicación; son cosas muy semejantes, y parece casi lo mismo que fulano tenga una esposa y zutano una meretriz[7].

Y todavía:

“Dios cubre los pecados sin los cuales no puede haber consortes[8].

El planteo de Lutero es simple: Dios no quiere que se viva en castidad, sino más bien, lo contrario

“Ya no tenéis que vigilar ni orar más; no tratéis de resistir ni de haceros violencia en lo sucesivo. ¿Qué falta os hace? (…). Abandonad, por el contrario, la vereda angosta y tomad la espaciosa carretera, sin parar mientes en que a otros los conduce a la perdición”[9].

Así, el mismo año de su matrimonio con Catalina Von Bora decía:

cuando uno está caliente, se le olvida todo: la naturaleza, la ley, la biblia, Dios y sus mandamientos: no se busca otra cosa más que satisfacer el torpe deseo”[10].

“Yo ardo en el apetito carnal, cuando deb(er)ía arder en mi espíritu. Ardo en la grande llama de mi carne indómita y vivo en el ocio y la pereza, descuidando la oración”[11].

 

Y más:

“cuando veáis que os va a ser imposible conteneros por más tiempo, acoplaos inmediatamente y con este recurso rompéis el vínculo del voto. Agénciate una mujer, y te será fácil seguir ley de la castidad[12].

 

¿Fidelidad?¿indisolubilidad?

Una vez sentado el principio de que era imposible resistir a los instintos de la naturaleza la vida en concubinato no podía quedar afuera, naturalmente. Lutero aclarará entonces que “la poligamia no se opone a la Sagrada Escritura”, aunque no la aconsejaría “por razón del escándalo y en consideración a las buenas costumbres”[13], no por una cuestión de principios:

“Para un casado no tiene vislumbres de adulterio tener una concubina ‘en un caso de apuro’, después de haber obtenido ‘dispensa’ para ello en el ‘consejo de confesión’[14]. Esta concubina, en frase de Lutero, se convierte en ‘concubina matrimonial’[15] con la que el casado ‘puede dormir como con su mujer legítima y a la cual no es preciso alejar de sí”[16].

            Algo análogo pasa hoy con la Amoris laetitia cuando el curita “misericordioso” puede permitir que uno se acueste concubinariamente y luego comulgue con tranquilidad de in-conciencia…

Mientras tanto, en 1527, cuando se le consultaba si estaba o no prohibido tener más de una esposa, respondía:

“hoy NO podría yo VEDARLO, pero no quiero aconsejarlo”[17].

Y en 1531, ante la ruptura de Enrique VIII con Roma, envió el siguiente dictamen al agente inglés Roberto Barnes acerca de si era o no lícito abandonar a la reina para casarse con Ana Bolena:

“antes le permitiría al rey añadir una segunda reina a la primera, y a ejemplo de los patriarcas y reyes antiguos tener a la vez dos mujeres o reinas[18].

Naturalmente siendo el sexo una necesidad natural que se canaliza en el matrimonio obligatorio, llevará a Lutero a predicar contra la fidelidad conyugal y la indisolubilidad. En1520 aconsejaba a una mujer que no podía conseguir hijos de su marido ni guardar continencia, que solicitara del esposo la separación para poder casarse con otro; y si el marido no quisiera separarse, ella,

“debe acoplarse (misceatur) con otro, o con un hermano del marido, y esto en matrimonio secreto de suerte que el hijo que venga le sea atribuido al primer esposo”[19].

Y, al contrario, si una mujer se niega a pagar el débito conyugal, el hombre debe, hacer de cuenta,

“que su mujer ha sido robada y apiolada por foragidos, y agenciarse con otra”[20].

Que no te la cuenten…

P. Javier Olivera Ravasi



[1] Seguimos aquí las fuentes citadas y cotejadas a partir de la monumental obra de Fray Heinrich Denifle (ya ofrecida en castellano aquí y, en francésaquí). Los originales que hemos consultado de Lutero, tanto en alemán y en latín, se encuentran aquí.

[2] San Agustín, De bono coniugali, c. 6, n. 6.

[3] Santo Tomás de Aquino, Supp., q. 41, a.4.

[4] Erl., 3, 132, (1533). Lo mismo hace en 1546, año en que murió (cfr. Heinrich Denifle, Lutero y el luteranismo. Estudiados en sus fuentes,Tip. Col. Santo Tomás de Aquino, Manila 1920, 106).

[5] Weim., VIII, 654 (Heinrich Denifle, op. cit., 308).

[6]Vom ehelichen Leben, Erl., 20, 87 (año 1522) (Heinrich Denifle, op. cit., 308).

[7] Erl., 18., 270 y s. (Heinrich Denifle, op. cit., 310).

[8] Weim., XII, 114 (del 1523). Opp. exeg. lat., IV, 10 (Heinrich Denifle, op. cit., 308).

[9] Heinrich Denifle, op. cit., 132.

[10] Weim., XVI, 512, 32, de 1525 (Heinrich Denifle, op. cit., 91).

[11] Enders., III, 189 (Heinrich Denifle, op. cit., 13).

[12] Weim., VIII, 632, 22 (Heinrich Denifle, op. cit., 107).

[13] Enders, IV, 283, año 1524 (Heinrich Denifle, op. cit., 142).

[14] Lauterbachs, Tagebuch, apéndice, pág. 198, nota. V. supra, p. 124 y n. 2 (Heinrich Denifle, op. cit., 141).

[15] De Wette, VI, 275 y s (Heinrich Denifle, op. cit., 141).

[16] Lenz, p. 373, dirigiéndose al landgrave (Heinrich Denifle, op. cit., 141).

[17] Weim., XXIV, 305. V (Heinrich Denifle, op. cit., 142-143).

[18] Enders, IX, 93: Cf. p. 25, n. 2. Doce días antes, Melanchthon se había expresado en el mismo sentido, Corp. Ref. II, 528 (Heinrich Denifle, op. cit., 142-143). Resaltados en el original.

[19]De captiv. Babyl, Weim., VI, 558, repetido en Erl., 20, 60; Weim., X, P. II, p. 278, 19 (Heinrich Denifle, op. cit., 317).

[20] Erl.,20, 73; Weim., X, P. II, p. 200, 23 (Heinrich Denifle, op. cit., 317).

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